El Tribunal Supremo determina que las personas con TDAH no necesitan acreditar un 33% de discapacidad para poder optar a las becas educativas

Con esta decisión, el Ministerio deberá incluir en sus becas a quienes, con un trastorno del neurodesarrollo acreditado científicamente, encuentran dificultades económicas a su desarrollo humano y formativo.

El Tribunal Supremo ha reconocido al colectivo de personas con Trastorno de Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) el acceso a las becas educativas, sin la necesidad de portar una discapacidad del 33%.

La Federación de Asociaciones de Ayuda al Déficit de Atención e Hiperactividad (FEAADAH), asesorada por el despacho de abogados Lawyou, ha recibido el pronunciamiento favorable para evitar la exclusión discriminatoria que había creado el Real Decreto 471/2021 que exige a los alumnos con TDAH que acrediten un 33% de discapacidad para poder aplicar a las ayudas económicas. Una decisión que para FEAADAH era del todo discriminatoria.

Según ha establecido el Tribunal Supremo en su sentencia, la sala desestima los recursos administrativos porque considera que “a su juicio, el TDAH, tal como se ha descrito sin que haya habido contradicción al respecto, puede considerarse comprendido en la letra A del apartado 1 del artículo 7 del Real Decreto 471/2021”.

Esa letra A sostiene que podrán “acceder a las becas para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastorno grave de conducta”.

En este sentido, la sentencia reconoce que “su acreditación suficiente [refiriéndose al TDAH] será la clave para obtenerlas”.

En España existen actualmente 415.000 niños con TDAH y en concreto alrededor de 20.000 no podían aspirar a obtener este tipo de ayudas formativas que convoca anualmente el Ministerio de Educación por no tener reconocido, al menos un 33% de discapacidad. Por este motivo, asociaciones de toda España recurrieron primero ante la Audiencia Nacional y luego en el Tribunal Supremo el Real Decreto 471/2021 por considerarlo discriminatorio.

“El Supremo lo ha dejado claro: ha desestimado nuestros recursos porque considera que el TDAH, por sus necesidades y su sintomatología, ya está incluido en el primer punto del Real Decreto”, explica Maite Urkizu, presidenta de FEAADAH.

 

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